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¿ Qué es la CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL?
La Conciliación Extrajudicial es una manera rápida y económica de resolver los conflictos con la colaboración de un tercero llamado conciliador. A través del diálogo, el conciliador facilita la comunicación entre las partes, lo que permite superar las diferencias y arribar a acuerdos que satisfacen a todos.

¿ Qué es el ACTA de CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL?
La Acta de Conciliación es un documento que expresa manifestación de voluntad de las partes en la Conciliación Extrajudicial. Ésta tiene valor similar a una sentencia judicial y de incumplirse los acuerdos adoptados se podrá solicitar ante el Juez su cumplimiento.

¿ Quién es el CONCILIADOR?
El conciliador es un tercero que ayuda a las partes a comunicarse para la solución de su problema.
¿ Cuáles son la ventajas de la CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL?
Las partes deciden la solución del problema.
Disminuye el tiempo y los costos.
Es confidencial y reservada.
Evita procesos judiciales.
No requiere obligatoriamente la presencia de un abogado.
Es rápida , solo dura 30 días calendarios.
Es económico , porque solo hay que ser un pago único y mínimo.

¿ En qué casos se puede otorgar PODER para ser representado en la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN ?
Cuando domicilian en el extranjero.
Cuando domicilian en otro distrito conciliatorio.
Cuando se encuentran impedidas de trasladarse mal Centro de conciliación.
Cuando la parte este conformada por cinco o más personas.
Cuando conforme a la Ley deban actuar a través de un representante legal.

¿ Cuáles son las FORMALIDADES DEL PODER ?
En los casos que se tenga que actuar con poder hay que tener en cuenta lo siguiente:

El poder deberá constar por escritura publica y
debe estar inscrito en Registros Públicos ( no se requerirá inscripción registral).
El poder deberá contener literalmente lo siguiente
Facultad para conciliar extrajudicialmente .
Facultad para disponer el derecho materia de la conciliación.
Facultad para ser invitado a un proceso conciliatorio.

¿ Dónde puedo CONCILIAR ?
Puedo conciliar en los Centros de Conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿ Que servicios brinda el CENTRO DE CONCILIACIÓN “FE SIN TRIBUNALES” ?
El CENTRO DE CONCILIACIÓN “FE SIN TRIBUNALES” ofrece el servicio de que permite a las poblaciones más vulnerables, acceder a una justicia para la solución de sus conflictos sin necesidad de ir a un juicio.

¿ Que materias puedes conciliar en el CENTRO DE CONCILIACIÓN “FE SIN TRIBUNALES” ?
MATERIA FAMILIA:
Pensión de Alimentos.

HOLA